Hace unos meses, dimos unos consejos para poner nombre a una empresa o marca. En esta ocasión, tras la ardua tarea de trabajar el naming de tu proyecto, nos centramos en la parte legal del asunto: el registro. Os adelantamos que es una tarea sencilla, pero, como ocurre en la mayoría de gestiones administrativas estatales, es un proceso lento que tardará en resolverse unos meses. Cuanto mejor lleves a cabo esta gestión, más efectiva será su resolución.

Quien regula el registro en España es la OEMP, o lo que es lo mismo, la Oficina Española de Patentes y marcas, que depende del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Aclaraciones previas

Localizador de marcas

Existe un buscador gratuito en su web en el que puedes ver la disponibilidad de marcas nacionales e internacionales con efecto en España. Basta con escribir el nombre que queramos consultar y clicar en “localizar” para ver los resultados relacionados. Esta herramienta puede resultar de gran utilidad para la decisión previa.

La viabilidad de los nombres se lleva a cabo a partir de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios, conocida como Clasificación de Niza, del año 1957.

Tipos de marcas que se pueden registrar

Las marcas pueden ser fundamentalmente de tres tipos:

  • Denominativas (nombre)
  • Mixtas (nombre + logotipo)
  • Gráficas (únicamente un logotipo)

A qué clase pertenece

En la Clasificación de Niza se establecen 45 clases a nivel europeo. Esta clasificación ordena los productos y servicios susceptibles de registro. Es una lista alfabética de productos (34) y servicios (11), acompañadas de notas descriptivas. Puedes verla actualizada aquí.

Diferencias entre marca, nombre comercial y razón social

Todos son signos distintivos protegidos mediante títulos otorgados por el Estado, pero es importante diferenciarlos:

  • Marca: permite a las empresas distinguir sus productos o servicios frente a la competencia. Un ejemplo familiar para todos sería: Coca Cola.

La marca el signo distintivo por excelencia y puede extenderse internacionalmente.

  • Nombre Comercial: signo o denominación que sirve como identificador a una empresa en el ámbito mercantil. No representa un producto o servicio, sino que identifica a una empresa y la diferencia de otras del mismo sector. Solo puede protegerse por país y en base a las normas de cada Estado. Por ejemplo: The Coca Cola Company.
  • Razón Social: este trámite se lleva a cabo a través del Registro Mercantil. Es el alta de una empresa como persona jurídica (S.A, S.L…). Siguiendo los ejemplos anteriores, en este caso seria, Coca Cola, S.A.

Cómo registrar una marca

Existe un folleto digital con cuestiones básicas elaborado por la OEPM que presenta en forma de preguntas y respuestas cuestiones frecuentes en relación a marcas y nombres comerciales: definiciones, obligaciones, tiempos, requisitos…, ¡bastante conciso y útil!

Para poner en marcha el proceso tienes varias opciones; ya sea personalmente (presencial u online) o gestionado a través de un representante.

  • De forma presencial.
    1. En la Oficina Española de Patentes y Marcas sita en el Paseo de la Castellana, en Madrid.
    2. En los Centros Regionales de Información de Propiedad Industrial, donde un agente se encargará de todos los trámites.
    3. En oficinas de Correos.
    4. En delegaciones y subdelegaciones de Gobierno.

Si no dispones de residencia en la Unión Europea tendrás que actuar a través de un representante o agente.

¿Qué precio tiene registrar una marca?

No podemos decir un precio único, ya que dependerá de las clases en la que queramos registrar nuestra marca. Es habitual registrar tu marca en distintas clases en función de las actividades presentes y futuras que vayas a realizar. Por lo que el importe del registro puede ser un buen monto final.

Este año, el coste por la inscripción es aproximadamente 144€ por la primera clase inscrita. Las posteriores clases solicitadas tienen un precio de 93€. Estos importes se actualizan cada año.

Documentación necesaria para el registro

  • Instancia formal que se puede descargar en la web. Existen varios tipos de solicitudes según el tipo de registro: marcas denominativas, marcas mixtas…
  • Si la marca contiene elementos gráficos, ha de adjuntarse una imagen en .jpg con las medidas que especifican en las instancias.
  • Justificante de pago. Puedes consultar las diferentes formas de pago en la web de la OEPM.

Ojito, que la OEPM ya advierte: “Se irán tratando en riguroso orden de presentación.”

¿Y después?

Si tu solicitud no recibe oposición por parte de otros propietarios la aprobación final se dará entre los 4 y 7 meses.

Si durante los dos meses de exposición pública de tu solicitud alguien se opone, esta oposición se publicará en el BOPI (Boletín Oficial de la Propiedad Industrial), y tendrás un mes para presentar tu desacuerdo. El examinador que se encarga de tu solicitud dictaminará y se continuará con el proceso. En este impás aparecerá “en suspenso”.

Si no hay ningún tipo de incidencia se notificará la resolución final del expediente. En todo momento se informará al interesado desde la OEPM.

Una vez aprobado el registro éste tiene una validez de 10 años prorrogables.

Un consejo final

Si estás pensando en montar un negocio y quieres tener una marca potente, te va a tocar pasar por este trance administrativo. Es relativamente sencillo, pero delicado. Los plazos de tramitación son muy amplios, y cualquier descuido y error mínimo, puede hacer que tu solicitud sea rechazada y tengas que volver a empezar. Lo que es un drama en plazos y dinero. Si no quieres arriesgar, existen empresas especializadas que te pueden echar una mano como nuestra agencia de branding.

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